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Con el Euribor a un año en tasas negativas, algo que ha ocurrido este viernes 5 de febrero (marcó -0,002 %), la pregunta que se suscita para casi seis millones de hogares que tienen pendiente la devolución de un crédito hipotecario es inmediata ¿el banco tendrá que pagarme intereses a mí? o dicho de otra forma: ¿un interés negativo implica que mi deuda con el banco disminuye?.

El interés de las hipotecas suma la media mensual del euríbor y un diferencial aplicado por la banca (que suele superar el 1 %). De modo que esa cuestión sólo empezará plantearse cuando la tasa negativa del euríbor llegue al -0,2 % y solo para un puñado de hipotecas: aquellas, suscritas entre 2007 y 2009, en las que algunas entidades aplicaron el euríbor el diferencial más bajo del mercado (entre el 0,2 % y el 0,3 %).

Cuando el interés de la hipoteca sea negativo (si la tasa negativa del euríbor rebasa el diferencial aplicado), la deuda pendiente deberá reducirse: la banca lo descontaría de la cantidad del préstamo que el cliente devuelve cada mes, una forma de pagarle intereses. Pero la banca argumenta que "es contradictorio tener que pagar por pedir prestado". Su interpretación es que, llegado el caso, el mínimo interés aplicable sería el 0 %, que diga lo que diga el euríbor no pagarán intereses al que pidió un préstamo. Pero la patronal bancaria asume que será necesaria una aclaración jurídica, que la última palabra la tendrán los tribunales.

¿Por que se ha puesto el euríbor en negativo?

El euríbor a un año se ha incorporado en el punto de los intereses negativos. Es una de las consecuencias de las medidas extraordinarias aplicadas por el Banco Central Europeo (BCE), que ya aplica un -0,3 % al dinero que los bancos con exceso de liquidez aparcan en forma de depósitos en las cuentas del banco central. Pero el euríbor a un año es peculiar: por un lado en el interés al que, cada día, un grupo de bancos europeos comunica que está dispuesto a prestar a otros bancos, la referencia para el mercado interbancario. Pero también es la referencia utilizada en España para calcular la cuota mensual que el prestatario paga al banco en la inmensa mayoría de créditos hipotecarios a tipo variable, que son más del 90 % de los que se suscriben.

¿Cuándo empezará a aplicarse el Euribor negativo en la revisión de hipotecas?

Para la revisión de la cuota mensual que el prestatario paga al banco (devolución del principal de la deuda e intereses) en un crédito hipotecario a tipo variable, se establece como referencia la media mensual del euríbor. Las revisiones se producen una o dos veces al año, según establezca el contrato. Y su aplicación suele tener un par de meses de retraso. Por ejemplo, si la media mensual de febrero del euríbor a un año acaba en tasas negativas, como es previsible, ese tipo de interés será la referencia para las hipotecas que se revisen en marzo, y su efecto se notará en la cuota mensual de abril.

¿Cuándo será negativo el interés de mí hipoteca?

El interés de las hipotecas a tipo variable se forma a partir del euríbor a un año, al que el banco suma un diferencial, que justifica por e riesgo asumido en la operación, que además está garantizada por la propia casa hipotecada. En la actualidad, ese diferencial, como mínimo y si se admiten otras condiciones (contratar con el banco seguros, planes de pensiones o domiciliar nómina o recibos), ronda el 1 %. Pero, entre 2007 y 2009, en algunos casos muy contados, con condiciones muy determinados (tramitación por internet, menores de 35 años, volúmenes de préstamo elevados para créditos que se trasladasen de entidad), se llegaron a conceder hipotecas en las que el diferencial aplicado al euríbor por algunas entidades (Deutsche Bank, BBK, Caja Navarra, Santander o Banco Gallego) se situó entre el 0,17 % y el 0,25 %. Es en esas hipotecas donde el interés podría llegar a ser negativo antes: para ello, el Euribor a un año tendría que situarse, según los casos, entre el -0,2 % y el -0,3 %, para compensar así el diferencial aplicado.

¿Por qué el euríbor puede reflejar tasas negativas?

La evolución reciente del Euribor abocaba a tasas negativas. El -0,3 % que aplica el Banco Central Europeo al dinero depositado en sus cuentas hace que los bancos con exceso de liquidez también estén dispuestos a prestar a otras entidades a tipo negativo (pero menos que ese -0,3 %). Es decir, están dispuestos a que le devuelvan algo menos del dinero (entre un día y seis meses) y ha ocurrido con el Euribor a un año por primera vez este mes de febrero,

¿Cuánto tiempo estará en negativo el Euribor?

Los analistas de Bankinter ya anticipan, en enero, que el Euribor a un año se situaría alrededor del -0,10 % en este mismo trimestre y su estimación se hizo antes de que el presidente de BCE, Mario Draghi, anunciara que habrá una revisión de la política monetaria en marzo, lo que la mayoría de servicios de estudios han traducido por la aplicación de una tasa aún más negativa a los depósitos aparcados en el BCE. Oxford Economics, por ejemplo, cree que pasará del -0,3 % al 0,5 %. Si eso es así, la tasa del Euribor a un año se haría también más negativa. Y el supervisor del euro ya ha anunciado que seguirá con las medidas extraordinarias "hasta marzo de 2017 o más allá".

Si el interés llega a ser negativo, ¿bajará mi deuda? ¿me pagará dinero el banco?

Mientras el diferencial aplicado sea superior a la tasa negativa del Euribor -que será el caso mayoritario, salvo que el BCE de otra vuelta de tuerca espectacular a su política monetaria-, el interés de la hipoteca seguirá siendo positivo, aunque cada vez menos. Y la revisión de la cuota hipotecaria arrojará resultados similares a los de los últimos años: la cuota mensual bajará, pero todavía el prestatario pagará en ella una parte del principal de la deuda a devolver y una parte, menguante, en intereses. Si, al restar la tasa del Euribor al diferencial aplicado, el interés resulta negativo, su aplicación directa debería llevar al banco a disminuir la deuda pendiente, descontando el interés del principal que se amortiza en la cuota. Pero aquí entraría en juego lo que establezca el contrato del crédito hipotecario y, sobre todo, qué interpretación se haga.

¿ Un suelo del 0 % ?

La crisis ha trastocado muchas cosas. Entre ellas, el mito de que, en el negocio bancario no se podrían aplicar intereses negativos. De hecho, ya rigen en los préstamos entre las propias entidades financieras. Salvo en aquellas con cláusula suelo, es decir aquellos que establezcan un interés mínimo independientemente del resultado de sumar un diferencial al Euribor, la mayoría de contratos hipotecarios no contemplan el caso específico de qué ocurre cuando el interés resultante es negativo. Pero sí suelen establecer de forma explícito que es un contrato en el que el prestatario se obliga a devolver la cantidad adeudada y el interés pactado.

Hace un año, las entidades financieras ya se agarraron a la naturaleza del contrato -el propietario paga interés, no el banco; el prestatario se compromete a devolver toda la deuda contraída para asegurarse a reducir la deuda a clientes que habían suscrito hipotecas en otras divisas, como el franco suizo. En ellas, se aplicaba una fórmula que utilizaba otras referencias (el Líbor, fijado por los bancos británicos) y a plazos más cortos (a un mes incluso), que ya arrojaban entonces un interés negativo. Esta argumentación lleva a que el mínimo interés que los bancos aplican en caso de intereses negativos sea el 0 %, con lo que al cuota mensual a pagar tendría en cuenta exclusivamente la cantidad adeudada y el tiempo restante del préstamo.

Las respuesta, en los tribunales

Fuentes del Banco de España aseguran que no han dado ninguna indicación a las entidades sobre qué hacer en el caso de los intereses negativos, ya que consideran que eso depende de la interpretación de los contratos, una función ajena al supervisor de la banca. Si hay discrepancia, esa interpretación se dirimirá en los tribunales, como ya ha ocurrido con algunas hipotecas en otras divisas, con alguna sentencia favorable al cliente.

En el caso de las cláusulas suelo, tras varios años de litigio, el Tribunal Supremo no consideró que su aplicación era ilegal, pero sí que, si no se había informado suficientemente al cliente sobre sus efectos, eso la convertía en abusiva, lo que lleva a su nulidad por falta de transparencia. Una sentencia que forzó que la mayoría de las entidades las dejaran sin efecto.

 

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